Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

Empezaría a operar un nuevo tipo de sociedad mercantil en nuestra legislación mexicana: las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

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Las sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) o las “sociedades unipersonales” buscan constituir empresas sin costo en menos de 24 horas, tienen algunas características:

  • Se puede crear con uno o varias personas físicas.
  • Estas personas no podrán participar en otra sociedad mercantil. (Ley General de Sociedades Mercantiles)
  • No requiere capital mínimo.
  • Es hasta ingresos por 5 millones de pesos anuales (totales).
  • En caso de rebasar el monto respectivo, la sociedad por acciones simplificada deberá transformarse en otro régimen societario conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • No se paga derecho por la inscripción al Registro Público.
  • El trámite del nombre, acta y estatutos es en línea y gratuita.
  • Se necesita que la Persona o las demás personas que deseen constituir la sociedad cuenten con su Firma Electrónica Avanzada
  • Se menciona que podrían darse de alta como Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). El problema es que este Régimen está destinado para Personas Físicas y es hasta por un monto de 2 millones de ingresos. (Esperaremos reglas al respecto).
  • Se utilizará la página electrónica de la Secretaría de Economía.
  • Les aplica legalmente las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; no les aplica la reserva legal.
  • Cuando la sociedad por acciones simplificada esté integrada por un solo accionista, éste será el órgano supremo de la sociedad.
  • La representación de la sociedad por acciones simplificada estará a cargo de un administrador, función que desempeñará un accionista. Cuando la sociedad por acciones simplificada esté integrada por un solo accionista, éste ejercerá las atribuciones de representación y tendrá el cargo de administrador.
  • El administrador publicará en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía, el informe anual sobre la situación financiera de la sociedad conforme a las reglas que emita la Secretaría de Economía. La falta de presentación de la situación financiera durante dos ejercicios consecutivos dará lugar a la disolución de la sociedad.
  • Para los casos de la sociedad por acciones simplificada que se integre por un solo accionista, todas las disposiciones que hacen referencia a “accionistas”, se entenderán aplicables respecto del accionista único.

Este decreto promulgado por el Ejecutivo el día viernes 11 de marzo del 2016 se publicó el día de hoy 14/03/16 en el Diario Oficial de la Federación http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5429707&fecha=14/03/2016 ; y en su transitorio se prevé que inicie 6 meses posterior a su publicación. Por lo que pudiera estar operando para el mes de septiembre de este año. Lo que hace ruido de este decreto es que sea un solo “socio” y se constituya como Persona Moral y sea a la vez la Asamblea de accionistas el sólo.

Las expectativas son altas, ya que se busca atraer a los informales por esta vía apoyando al emprendedor y probablemente se estén lanzando apoyos por la banca (créditos) para incentivar ese sector; por lo que se verán programas y publicidad para el apoyo de estas sociedades, se maneja que sean alrededor de 3 millones emprendedores que pudieran inscribirse por esta vía de los casi 29 millones que están en la informalidad.

Actualmente una empresa tarda hasta 72 días en trámites, sino es que en 3 meses debido a todos los registros: altas IMSS, SAT, luz, teléfono, etc. Habrá que esperar como se enlaza con las demás dependencias para los diversos trámites. De acuerdo a la Asociación de Emprendedores de México (ASEM), crear una empresa toma “entre 20 y 35 días y cuesta alrededor de 15,000 y 30,000 pesos entre gastos que comprenden registro de nombre, propiedad intelectual, actas constitutivas y registros ante el IMSS y el SAT”.

Se vienen también modificaciones al Código Fiscal de la Federación y al Código de Comercio en lo que respecta a su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) así como la obtención de su certificado de Firma Electrónica Avanzada y la inscripción de los documentos físicos o electrónicos generados por el Sistema Electrónico de Sociedades Mercantiles sea sin el pago de derechos.

En fin, el proyecto es bueno pero faltará aterrizarlo y se estará trabajando durante todo el año para que inicie su operación en el último trimestre del año, seguiremos al tanto de las novedades de este nuevo tipo de sociedad.

 

4 Replies to “Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)”

  1. Enrique Gómez dice:

    Es Sociedad por Acciones Simplifica no Sociedad Anónima Simplificada

    1. ramon dice:

      Gracias por la aclaración. Saludos

    1. ramon dice:

      Saludos

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