REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES CORRESPONDIENTES AL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES POR REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL, POR LOS MESES DE MARZO Y ABRIL DEL PRESENTE AÑO, CONFORME A LA GACETA OFICIAL, TOMO III, NÚM. EXT. 136 DE FECHA 03 DE ABRIL DE 2020. #SEFIPLAN #VERACRUZ

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  1. Que el contribuyente se encuentre dado de alta en el Padrón de Contribuyentes.
  2. Que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales al mes de febrero 2020.
  3. Que su base gravable sea de 1 y hasta 50 empleados.
  4. El periodo de pago correspondiente a las Erogaciones por los meses de marzo y abril, se deberá realizar a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020.
  5. Los pagos se podrán realizar en una sola exhibición o de manera parcial, realizando la declaración de manera complementaria, únicamente correspondiente a los periodos de marzo y abril 2020.
  6. Los pagos que se realicen como complementarias no generarán ningún tipo de recargo y actualización, siempre y cuando correspondan al periodo que marca el Decreto.

Aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos para adherirse al decreto, no realizarán ninguna declaración correspondiente a los meses de marzo y abril, hasta el periodo del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre 2020

https://www.ovh.gob.mx/facilidades-administrativas-para-el-cumplimiento-de-las-obligaciones-fiscales-del-isertp/

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